El Ministerio de Industria, Energía y Turismo tiene abierto el periodo de información pública para modificar y adecuar el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias. Actualmente está en vigor el “REAL DECRETO 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7″, con su correspondiente corrección de errores. Años más tarde, concretamente en 2010, se aprobó el “Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero de 2010, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 sobre “el almacenamiento de peróxidos orgánicos“.
La nueva normativa constara de un reglamento y de 11 instrucciones técnicas complementarias en lugar de las 9 que tenemos actualmente en vigor.
El principal objetivo de este nuevo Real Decreto es el adaptar la reglamentación de almacenamiento de productos químicos al Reglamento CE 1907/2006 (conocido como reglamento REACH) relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos y al Reglamento CE 1272/2008 (más conocido por reglamento CLP) sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, ya que con la entrada en vigor de estos dos reglamentos se han establecido nuevas clasificaciones y categorías de peligro.
En cuanto a las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs), se han creado dos nuevas, la ITC MIE APQ-0 de “definiciones generales” y la ITC MIE APQ-10 sobre el “almacenamiento de recipientes móviles”. Las ITC MIE APQ-1, MIE APQ-6 y MIE APQ-7 solo se aplicarán a recipientes fijos. Las otras ITCs también han sufrido algunas modificaciones.
El plazo para enviar observaciones está cerrado, por lo que se espera que en poco tiempo se proceda a la aprobación y publicación en el BOE de esta nueva normativa.
El borrador de esta reglamentación puede obtenerse a través del siguiente enlace.
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